“Lo importante es garantizar construcciones cada vez más seguras, con
control, supervisión y calidad”: Aceral
PARA LOS PROFESIONALES y
conocedores del negocio de la construcción no es un secreto que la normatividad
sobre sismo resistencia emitida en el año 1998 enfrentaba un serio rezago con
respecto a las necesidades y requerimientos en materia de construcción que a
nivel internacional se han venido imponiendo los últimos años.
Por esta razón, el Gobierno Nacional expidió el
decreto 926 de 2010 por el cual se hace vigente la norma NSR 10. Esta norma es
un reglamento para el adecuado uso de materiales sismo resistentes así como
para las prácticas adecuadas en materia de construcción. Si bien esta nueva
normatividad entraba en vigencia a partir del 15 de julio de este año, el
Gobierno Nacional estableció una prórroga para que inicie su cumplimiento a
partir del 15 de diciembre 2010.
Debido a esto, En Obra quiso saber la opinión de
una de las compañías con mayor trayectoria en el campo de la construcción como
Aceral, dedicada al montaje de estructuras metálicas, para que respondiera
algunas preguntas sobre la norma, las cuales pueden ser útiles para los
profesionales de la construcción en Colombia. Al respecto, el Ingeniero
Estructural Ricardo Bustos responde.
En Obra: ¿Cuáles son los productos que están diseñados para cumplir la
nueva regulación?
Ricardo Bustos: Todos los
productos en construcción que estén cubiertos o dentro del alcance de la NSR-98
y ahora la NSR-10, ya cumplen y deben acogerse a las regulaciones de la nueva
norma. Por ejemplo, en el caso de las estructuras metálicas, los diseños, la
fabricación y el montaje, se rigen bajo el título F de la norma, al igual que
la materia prima e insumos necesarios para la fabricación de las estructuras
metálicas. Así, cada material, producto o tipo de construcción, como el acero,
el concreto, la madera, la guadua o la mampostería, deben regirse bajo alguno
de los títulos del “A” al “K”, que contiene la norma.
E.O.: ¿Cuál es la importancia de la norma de sismo resistencia y cómo
los productos están cumpliendo con esa regulación?
R.B.: La importancia de la norma radica en garantizar
que las edificacionescumplan con cierto grado de sismo resistencia, de acuerdo
con la importancia y ubicación de las edificaciones,evitando el colapso de las
estructuras y garantizando un adecuado comportamiento de los elementos no
estructurales, como muros, ventanas, acabados, etc., ya que estos últimos son los que causan la
mayor parte de las víctimas en un sismo, y en algunas ocasiones, son a los que
menos importancia se le da. Entonces el objetivo primordial es salvaguardar la
vida de las personas en un evento sísmico de gran magnitud, y por consiguiente
proteger la propiedad.
La norma es Ley de la República y por lo tanto se
debe cumplir y hacer cumplir, o velar por que se cumpla a través de los
diferentes entes que controlan el diseño y construcción de estructuras, como
las interventorías, las curadurías, entre otras. En especial, el Título I de la
norma describe cómo y qué controles debe tener la supervisión técnica en las
construcciones. Esto enn cuanto a diseño estructural, planos, materiales,
control de calidad, y ejecución de la obra.
E.O.: ¿Cómo ve el panorama de esa regulación?
R.B.: Ya era
hora de tener una nueva norma (NSR-10), o actualización de la NSR-98, pues en
los últimos doce años, muchas cosas han evolucionado y se han actualizado y la
norma se estaba quedando rezagada, por lo tanto se espera que ya esté al día
con las últimas regulaciones, algunas de las cuales rigen a nivel
internacional. Al igual que cuando se dio a conocer la NSR-98, se presentarán
comentarios en pro y contra del nuevo reglamento los cuales tienen
repercusiones principalmente económicas, en el uso de actualizadas o nuevas
tecnologías. Pero lo importante es garantizar construcciones cada vez más
seguras, con control, supervisión y calidad de las mismas y de los materiales
usados.
E.O.: ¿A su juicio qué consideran que falta por cumplir?
R.B.: Se espera
que la nueva NSR-10 cubra algunos vacíos o falencias de la anterior norma, ya
con una norma más madura, producto de las anteriores dos normas (NSR-94 y
NSR-98), y de varios debates, estudios, y recomendaciones hechas a las mismas.
A estas alturas se espera que todo lo referido al diseño y construcción cumpla
y esté cubierto por la norma. Otro aspecto es hacerlo cumplir y/o garantizar
que se cumpla.
E.O.: ¿Qué aspectos son importantes a tener en cuenta por las
constructoras acerca de esa normatividad?
R.B.: Básicamente
garantizar que desde el diseño de los elementos estructurales como desde el
diseño de los elementos no estructurales, se cumpla con lo requerido en la
norma, lo cual se ref eja en las memorias de cálculo y planos de diseño o
construcción. Estos deben estar previamente revisados y aprobados por la
curaduría o ente que los supervise. También deben garantizar que los materiales
a usar en la construcción cumplan con los requerimientos de norma de acuerdo
con el tipo de edif cación; así mismo, garantizar que lo diseñado en planos se
cumpla y se ref eje en la obra a construir. Que se haga bajo la supervisión
técnica, control y calidad de un ente como lo es la interventoría.
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